Noticias

La AEPD ordena medidas cautelares contra Worldcoin en España

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha tomado una decisión contundente al emitir medidas cautelares contra Tools for Humanity Corporation, con el objetivo de poner fin a la recogida y tratamiento de datos personales en España, en el marco de su proyecto Worldcoin. 

Cristian Do Carmo Rodríguez
8 de mar. de 2024
2 min de lectura
Privacidad
Representación física de varias criptomonedas populares.

Además, como la agencia ha indicado en una nota de prensa, se ha solicitado el bloqueo de los datos ya recopilados. Esta determinación se basa en varias reclamaciones presentadas ante la AEPD, que señalan diversas irregularidades, incluyendo la falta de información adecuada, la captación de datos de menores y la negativa a permitir la retirada del consentimiento.

Uno de los aspectos destacados en las denuncias y que ha llevado a la adopción de estas medidas es el tratamiento de datos biométricos, considerados de especial protección según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Dicha categorización se sustenta en los riesgos significativos que este tipo de datos implica para los derechos de las personas, dada su naturaleza sensible. 

La medida cautelar adoptada por la AEPD se presenta como una decisión extraordinaria, justificada por circunstancias excepcionales, con el objetivo de cesar de inmediato el tratamiento de datos personales, prevenir su posible transferencia a terceros y garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

two women facing security camera above mounted on structure

Tools for Humanity Corporation, empresa con sede europea en Alemania, se encuentra en el centro de esta intervención de la AEPD. La acción emprendida por la Agencia se ampara en el artículo 66.1 del RGPD, que establece la posibilidad de adoptar medidas provisionales en casos de urgencia para proteger los derechos y libertades de las personas. En este contexto, la AEPD considera que la adopción de medidas urgentes de prohibición temporal de las actividades es justificada, con el propósito de evitar posibles daños irreparables. El periodo de validez de estas medidas no podrá exceder los tres meses, de acuerdo con lo establecido por la normativa europea.

La actuación de la AEPD resalta la importancia de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos en el ámbito digital, especialmente en proyectos que involucran datos personales sensibles. La adopción de medidas cautelares refuerza el compromiso de la autoridad de control en la defensa de la privacidad y la seguridad de los datos de los ciudadanos, asegurando que se respeten los principios establecidos en el marco normativo vigente.